Los Nombres Sagrados (Maimonides)

Toda persona que destruye alguno de los Nombres sagrados y puros con los cuales se denomina a El Eterno, de acuerdo con la Torá recibe latigazos (*) como castigo. Ya que se declara sobre el tema de la idolatría: "Han de destruir sus nombres de aquel lugar, pero no harás así con El Eterno, su Dios" (Deuteronomio 12:3-4).

(*) Los latigazos son un castigo de disposición bíblica, cuarenta menos uno, que como en el caso de las penas de muerte decretadas por el tribunal requieren testigos y advertencia previa.

[2] Los Nombres divinos son siete: 1) el Tetragrámaton que se escribe Iod, Hei, Vav, Hei, este es el Nombre inefable,
el cual también se escribe: Adonai - mi Señor. 2) El - Dios. 3) Eloha – Dios. 4) Elohim – Dios. 5) Eheié - El ser. 6) Shadai - Omnipotente. 7) Tzevaot – Legiones. Todo el que borre incluso una letra de estos Nombres es castigado con latigazos.

[3] Todo agregado anterior a estos Nombres está permitido borrar, por ejemplo: la preformante letra "lamed" de la expresión "la-Hashem" - "a El Eterno", o la preformante letra "bet" de la expresión "be-Elohim" - "por Dios". Todo tipo de agregados como estos no poseen santidad. En cambio todos los agregados posteriores a estos Nombres, por ejemplo la desinencia de pertenencia "ja" de la expresión "Eloheja" - "tu Dios", o la desinencia de pertenencia "jem" de la expresión "Eloheijem" - "su Dios", no pueden ser borradas y se transforman en parte del Nombre divino, ya que éste las santifica. Pero a pesar que han sido santificadas y está prohibido borrarlas, aquel que borra estas letras agregadas no es castigado con treinta y nueve latigazos, sino que es flagelado por rebeldía (*).

(*) El castigo de flagelación por rebeldía es una disposición de carácter rabínico (Cf. Tratado de Julín 141a) en la cual no está predeterminado el número de latigazos, sino que se aplican según los criterios del tribunal y según la necesidad del momento. Rashi ad loc. explica que su finalidad consiste en que el ajusticiado acepte el veredicto contra el cual se rebeló.

[4] Si alguien (*) escribió "alef-lamed" del Nombre
"Elohim", o "iod-hei" del Tetragrámaton, está prohibido borrarlo, y no es necesario decir que si alguien pensó desde un principio escribir el Nombre "Iah", que es un Nombre sagrado independiente, que está prohibido borrarlo, ya que además es parte del Nombre inefable. No obstante el que escribe "shin-dálet" del Nombre "Shadai", o "tzadik-bet" del Nombre "Tzevaot" - puede borrarlos. (**)

(*) Pensaba escribir el Nombre "Elohim" y no terminó de escribir sino que solo llegó a "El", lo mismo en el caso de "Ia", la escritura no obstante recibe santidad de los Nombres, ya que en forma independiente son sagrados.

(**) Ya que estas letras independientes no poseen ninguna santidad.

[5] El resto de denominaciones divinas
a través de las cuales se alaba a El Eterno, como por ejemplo: compasivo, misericordioso, grande, valiente, temible, fiel, celoso, fuerte y otras de este tipo, se consideran como cualquier otras palabras de santidad, las cuales está permitido borrar.

[6] Un objeto sobre el cual estaba escrito alguno de los Nombres de El Eterno, se debe extraer aquella parte del objeto y proceder a su "guenizá" (*). Incluso si el Nombre divino estuviere grabado en un objeto de metal o de vidrio, si alguien funde tal objeto, es castigado con flagelación (**); por lo tanto debe extraer aquella parte y proceder a su "guenizá". Del mismo modo, si estaba el Nombre divino escrito sobre su piel, está prohibido lavar o untar esta parte (ya que puede ser borrado. N. del T.), y también está prohibido descubrirlo junto a su desnudez. En caso que debe hacer alguna inmersión (tevilá) obligatoria, debe cubrirlo con juncos y sumergirse. Si no encuentra juncos, lo rodea con alguna tela sin apretarla, para que no se considere una interrupción, ya que el principio es no estar desnudo delante del Nombre divino.

(*) Depositarlo en un lugar especialmente destinado para tales efectos, ya que está prohibido tener algún provecho de esta parte del objeto.

(**) Lo renovador de esto consiste en que se podía pensar que estando escrito en un lugar que no es el común, es decir, no en un pergamino, hubiéramos pensado que carece de santidad.

[7] La persona que destruye incluso una sola piedra del altar -no con la intención de construir-, o del Templo o de los atrios, es castigado con flagelación, ya que se ha declarado sobre la idolatría: "Deben pulverizar sus altares" (Deuteronomio 12:3). Y se agrega: "No harán lo mismo con El Eterno, su Dios" (Ibíd. 12:4). La misma regla se aplica con el que quema leños destinados a usos del
Templo, con intención de destruirlos, es castigado con flagelación, así como se declara: "sus árboles de idolatría deberán destruir en el fuego..." (Ibíd. 12:3) y se agrega: "no harán lo mismo con El Eterno, su Dios" (Ibíd. 12:4).

[8] Todos los libros bíblicos –Tanaj-, sus explicaciones en arameo y sus aclaraciones, está prohibido quemarlas, o destruirlas directamente. Aquel que destruye directamente uno de ellos, es castigado con flagelación por rebeldía (*). ¿En qué caso nos referimos? En situación que los libros sagrados hayan sido escritos por un miembro de Israel en estado de santidad, pero un miembro de Israel hereje (**) que escribió un Rollo de la Torá, se debe quemar junto con todas las menciones del Nombre divino que contenga; ya que no cree en la santidad del Nombre divino y no lo ha escrito con esta intención, sino que él piensa que es como el resto de los objetos mundanos.

Por cuanto que él sostiene tales ideas, el Nombre de El Eterno no recibió santidad y es un mandato quemarlo para que no se perpetúe la fama de un hereje ni tampoco sus obras. No obstante, un gentil que escribió el Nombre divino, el escrito debe ser puesto en "guenizá". Así mismo todo tipo de libros sagrados que se corroyeron o que fueron escritos por gentiles, es obligación proceder a su "guenizá".

(*) Se refiere a destruir libros sagrados en los cuales no hay menciones del Nombre divino, ya que como fijó en la ley [1], por la destrucción de tales Nombres se recibe castigo de latigazos. No obstante, en el Sefer Hamitzvot, (Lo Taasé 65), Maimónides declara que por la destrucción de los libros de profecía se recibe castigo de latigazos prescritos por la Torá.

(**) Un Israel hereje se define como una persona que reniega del origen divino de la Torá y ofende deliberadamente a los sabios. En el texto original hebreo se menciona la palabra "Apikorós", cuya etimología remonta al nombre del filósofo griego Epicúreo que vivió cerca de 400 años antes de la destrucción del segundo Templo. Entre sus doctrinas enseñó que el alma no
es inmortal y que la satisfacción de los placeres mundanos es lo principal de la vida y su objetivo.

[9] Todos los Nombres divinos que se mencionan junto a los relatos referentes a Abraham, son sagrados. Incluso cuando se menciona: "El Eterno, si he encontrado gracia a tus ojos..." (Génesis 18:3).
Todas las menciones del Nombre divino dentro del relato referente a Lot son profanas, excepto esta: "Dijo Lot a ellos: El Eterno, si es que tu siervo ha encontrado gracia a tus ojos... para dejarme vivo" (Génesis 19:18-19).
Todas las menciones del Nombre divino dentro del relato referente a lo ocurrido en el otero de Biniamín son sagradas.
Todas las menciones del relato de Mijá son profanas. Todos los Nombres mencionados en el relato de Navot son sagrados. Toda mención del nombre "Salomón" en el Cantar de los Cantares es sagrada (*), y tiene la misma categoría del resto de las denominaciones divinas, salvo la siguiente excepción: "Estos mil son para ti, Salomón..." (Cantar de los Cantares 8:12). Toda mención del término arameo "Maljaiá" (reyes) en el libro de Daniel, es profana, excepto esta: "Tú eres el Rey, Rey de los reyes" (Daniel 2:37), teniendo la misma categoría del resto de las denominaciones divinas.

(*) Los sabios estudian que tal término, en este contexto, se refiere a El Eterno, el Rey a quien le pertenece la paz [she ha-shalom shelo].

El Templo de Jerusalem